Categorías: Tribunales y Justicia

Absuelto el funcionario acusado de apropiarse de 670€ en bonos de deporte

La Ciudad pedía para él 6 meses de prisión y otros seis de inhabilitación por unos bonos duplicados. El funcionario al que la Ciudad acusó de un delito de apropiación indebida ha sido absuelto por parte del Juzgado de lo Penal número 2 de Melilla al no existir pruebas suficientes de su culpabilidad. La Administración local le reclamaba 670 euros que supuestamente habría desviado en la “gestión” de los bonos deportivos en las pistas del Álvarez Claro. Los responsables del área de Deportes encontraron en estas instalaciones una serie de bonos duplicados en marzo de 2008, que tras las comprobaciones en la Consejería descubrieron por su número de referencia que habían sido devueltos y no se habían cobrado. La suma de los importes de esos bonos “irregulares” ascendía a 670 euros.
La Ciudad Autónoma pedía para el acusado, J.G.P., seis meses de prisión y otros seis de inhabilitación para el empleo público por un delito de apropiación indebida, pero el titular de lo Penal número 2 recalca que no hay suficiente “prueba de cargo” para condenar al empleado.

Sin pruebas suficientes
Por una parte, la sentencia a la que ha tenido acceso El Faro pone de relieve el hecho de que un celador, que es la categoría profesional del acusado, fuera el encargado de la gestión y recaudación de estas instalaciones deportivas. El juez considera que si hubo mala praxis en la gestión por parte del acusado es una cuestión administrativa y no penal. Además, asegura que no existe prueba de que el acusado manipulara los bonos deportivos.
Los responsables del  área de Deportes en aquella época, tanto la jefe de negociado como el director técnico, aseguraron en el juicio que J.G.P. reconoció su culpabilidad en una reunión mantenida en la Consejería, tras descubrirse esos bonos “irregulares”, pero el juez, nuevamente no encuentra en este hecho prueba de cargo suficiente contra el acusado.

Tesorería no vio irregularidades
Otro de los argumentos dados por la acusación particular era que, después de trasladar a este funcionario a otras instalaciones deportivas en las que no tuviera que manejar dinero, la recaudación en las pistas del Álvarez Claro subió notablemente.
Nuevamente, la sentencia recoge que no existe prueba contundente como, por ejemplo, un estudio “serio” por parte del área de Deportes que permita deducir que el aumento de la recaudación se debió a la mala praxis del acusado. Además, coincide que en 2008 las tasas por la utilización de instalaciones deportivas aumentaron su cuantía.
Además, el tesorero de la Ciudad que también declaró como testigo, afirmó que “nunca” había detectado irregularidades en los ingresos efectuados por el acusado y de hecho su superior directo, el director técnico afirmó que nunca se detectó mala praxis o deslealtad alguna en el desempeño de una labor que, dice la sentencia, “quizá no se corresponde con su categoría profesional”. La sentencia no es firme, pues cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.

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