Cumplirá un día más de prisión por arriesgar la vida de 15 personas, entre ellas, 2 bebés y un niño de 4 años.
La Audiencia Provincial ha condenado a 8 años y 1 día de prisión a Balde Aumar, un ciudadano senegalés, por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, es decir, tráfico de inmigrantes. Era el patrón de la patera que arribó a una playa melillense el pasado 22 de julio. Esta patera, cabe recordar, intentó evitar que el GEAS de la Guardia Civil les interceptara en el mar amenazando con lanzar al agua a dos de los tres menores que viajaban en la embarcación. El tribunal aplica esta condena agravada porque el acusado puso en peligro la vida de 15 personas, que viajaban hacinadas, entre ellos 3 menores, 2 bebés y un niño de 4 años de edad.
El pasado 22 de julio, en torno a las 08:30 horas, el agente de la Guardia Civil que vigilaba la bahía melillense desde la garita del faro del puerto comercial avistó una embarcación de madera con varias personas en su interior, procedentes de Marruecos y con clara intención de arribar la playa melillense.
Los hechos
Una vez comunicado el avistamiento, la lancha del GEAS de la Benemérita salió del puerto con intención de interceptar la embarcación. Se trataba de una patera, impulsada por un motor fuera borda, en la que viajaba hacinados un total de 15 inmigrantes de origen subsahariano, 9 hombres, 3 mujeres y 3 menores de edad.
El patrón de la embarcación, Balde Aumar, hizo caso omiso de las instrucciones de los agentes del GEAS e intentó embestir en varias ocasiones la lancha de la Benemérita. En ese momento, dos de los inmigrantes se pusieron de pie “haciendo aspavientos a los agentes para que los dejaran y dos de las mujeres, cogiendo a sus respectivos bebés, los alzaban haciendo ademán de tirarlos al agua si la Guardia Civil los interceptaba”. Ante esta situación, el GEAS dejó que la patera llegara a la playa, donde otra patrulla del Instituto Armado esperaba a los inmigrantes.
El tribunal subraya que la embarcación en la que llegaron los inmigrantes “carecía absolutamente de medios o dispositivos de salvación en caso de naufragio e incluso para viajar”.
Según la declaración del propio Aumar y de otro de los inmigrantes en el juicio, “un árabe” les había acompañado durante parte del viaje desde que salieron de la Mar Chica en Marruecos. Una vez estuvieron en alta mar, el “árabe” abandonó la patera y se subió a otra barca, dejándo a los inmigrantes a su suerte en dirección a Melilla.
Fue en ese momento cuando el senegalés asume el mando y la responsabilidad de la seguridad en la patera, consiguiendo introducir en territorio español a los inmigrantes que viajaban con él.
El tribunal de la Audiencia considera que el peligro para la vida de las personas que viajaban en la embarcación no solamente viene dada porque éstas estaban hacinadas, sino porque la misma patera carecía de medidas de seguridad para afrontar cualquier incidente. No había, por ejemplo, chalecos salvavidas, señala el tribunal.
La sentencia aún no es firme, pues contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
El abogado defensor afirmó que su cliente tiene conocimientos de navegación
En la sentencia, la Audiencia recoge todos los argumentos esgrimidos por el abogado defensor del ciudadano senegalés que pilotó la patera, pero que ha rechazado. Por una parte, el letrado afirmó que después de que el ciudadano “árabe” abandonara la embarcación en la Mar Chica, su cliente asumió el papel de patrón con objeto de “salvar a los demás ocupantes”, haciendo uso de sus conocimientos de navegación que había adquirido en su país de origen. El letrado afirmó que Aumar asumió el pilotaje de la embarcación “por necesidad” y porque no creía que su conducta era delito.
El tribunal aclara que si de verdad el objetivo era salvar la vida de los inmigrantes en la patera no hubiera tratado de embestir la lancha del GEAS en varias ocasiones. De hecho, puntualiza que, en todo caso, “debió pararse y facilitar el rescate de todas las personas”.