El Ministerio Público les acusa de lavar 2,1 millones de euros entre 1999 y 2006. La defensa solicita su absolución, que se impugne la investigación y alega que el supuesto delito ha prescrito. La Fiscalía acusa a un matrimonio melillense de un delito continuado de blanqueo de capitales y por el que pide una pena, para cada uno, de seis años de prisión, una multa de 4 millones de euros, con responsabilidad personal subsidiaria de seis meses en caso de impago y las costas procesales. Por su parte, la defensa del matrimonio, formado por HMM y MGR, solicita la absolución de ambos, que se impugne la investigación y el mismo proceso judicial al entender que, en caso de existir el delito del que se les acusa, éste ha prescrito.
El Ministerio Público les acusa de ser coautores de un delito continuado de blanqueo de capitales, por el que habrían conseguido lavar más de 2,1 millones de euros, a través de la creación de sociedades, ingresando dinero en efectivo en cuentas bancarias de forma fraccionaria y “bajo la apariencia de fondos legítimos, para incorporarlo al circuito financiero legal a través de negocios o inversiones, como créditos, imposiciones a plazo fijo y préstamos personales o hipotecarios”.
El fiscal asegura que entre los años 1999 y 2006 el matrimonio consiguió lavar 2.190.935,50 euros, de los cuales 1.984.531,40 se corresponden a imposiciones en efectivo. Afirma que estos fondos fueron obtenidos de una actividad ilícita, ya que el 26 de marzo de 2008 la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó al marido, HMM, por un delito contra la salud pública.
El Ministerio público pide también la disolución y el cese de las actividades de las sociedades Mogador Nautica S.L., Beliout S.L. y Trans Mail Express S.L., creadas supuestamente para blanquear el dinero. Igualmente pide el embargo los bienes de este matrimonio, consistentes en cuatro fincas, seis vehículos y el total del dinero blanqueado, 2.180.935,50 euros.
La pareja se sentará hoy en el banquillo de los acusados para responder por estos supuestos delitos.
Argumentos de la defensa
Por su parte, la defensa de HMM y MGR rechaza la acusación fiscal y pide su absolución, alegando que “los hechos, tal como acontecieron realmente, no configuran delito alguno del Código Penal”.
No obstante, “en caso de apreciarse la presunta comisión del delito” por parte de sus clientes, la defensa asegura que por la demora injustificada y “poco razonable” del procedimiento la pena a imponer deberá ser atenuada, según el artículo 66 del Código Penal, y reducida a la mitad, esto es a tres años y tres meses de prisión.
La defensa argumenta que las diligencias previas se iniciaron por denuncia el 9 de septiembre de 2005 por parte de la Unidad Operativa de Vigilancia Aduanera de Melilla, pero hasta el 16 de febrero de 2011 no se notificó el auto procesal, por lo que han pasado casi seis años, sin “razones objetivas” de dicha demora.
Además, pide la impugnación del atestado de Vigilancia Aduanera y las investigaciones posteriores realizadas, como consultas al Registro General de la Propiedad, Tesorería General de la Segurdidad Social y la jefatura Provincial de Tráfico, porque se realizaban “sin el conocimiento ni consentimiento judicial”. Junto a ello también se solicita la nulidad del atestado de la Policía Judicial de la Guardia Civil de Melilla, en el que se recogen “datos incriminatorios”, pero cuya documentación en diez anexos, tal y como se alude, no se encuentra incluida en las diligencias del procedimiento judicial. “Por ello, la Policía Judicial incrimina a mis representados únicamente con datos que han podido obtener por distintos medios, pero en ningún momento acredita de forma fehaciente esos datos”, afirma la defensa.
Por último, argumenta que tras casi seis años entre el inicio de las diligencias y el inicio del proceso judicial, el supuesto delito ha prescrito en virtud del artículo 131 del Código Penal, en el que se establece que “cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez”, el delito prescribe a los diez años, y “a los cinco, los demás delitos, excepto los de injuria y calumnia, que prescriben al año”. Por ello, la defensa reitera su petición de absolución de sus clientes.
El juicio arranca hoy con el interrogatorio a los acusados, la comparecencia en calidad de testigos de dos guardias civiles, dos funcionarios de Vigilancia Aduanera y un perito.