El Grupo Parlamentario ha presentado una proposición no de ley para que la situación de este colectivo en Melilla y Ceuta sea debatida en la Comisión de Empleo. El Grupo Parlamentario de Izquierda Unida (IU) en el Congreso de los Diputados presentó el pasado 15 de enero una proposición no de ley para abordar la modificiación de los convenios y acuerdos bilaterales entre España y Marruecos, así como de su legislación interna, para mejorar la situación de los trabajadores transfronterizos de Melilla y Ceuta. Esta iniciativa se traslada por fin a la Cámara Baja, tras recibir el informe de la Federación de Construcción, Madera y Afines (Fecoma) de CCOO, que publicó El Faro en su edición del pasado 8 de enero, de manos de su representante sindical en Melilla, Rosendo Quero, también responsable de la Delegación de IU en la ciudad.
El contenido de la proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU en el Congreso, a la que ha tenido acceso El Faro, destaca que el colectivo de trabajadores transfronterizos en ambas ciudades autónomas “constituye uno de los principales motores que, con su actividad diaria, contribuye al desarrollo de Melilla y Ceuta, tanto por la riqueza directa que generan con su trabajo como por la riqueza indirecta que generan a través del consumo de bienes”.
La formación política resalta la discriminación de este colectivo por ser nacionales de un país no comunitario así como de la “retención del IRPF a pesar de no tener derecho a presentar la declaración de la renta, el descuento de un 24,75% en sus nóminas en concepto de aplicación del impuesto de la renta a no residentes, cotizar por desempleo sin tener derecho a la prestación, el pago de desorbitadas tasas para la renovación de sus permisos, la reducción de éstos de cinco a un año y la aplicación arbitraria de la asistencia sanitaria”.
La proposición no de ley pone de relieve el hecho de que el Convenio de Doble Imposición (CDI) suscrito entre ambos países “no contiene disposición específica sobre la tributación de los trabajadores transfronterizos”. Ello provoca que tributen en España, mientras que otros trabajadores, como franceses y portugueses lo hacen en sus respectivos países de origen.
Por último, refiere que el Convenio General de Seguridad Social suscrito en 1979 entre España y Marruecos, el cual entró en vigor en 1982, recoge una cobertura sanitaria plena relativas a la maternidad, enfermedad común o profesional, incapacidad laboral transitoria o accidentes de trabajo o no; invalidez provisional o permanente, vejez, muerte o supervivencia, protección a la familia, reeducación y rehabilitación de inválidos y asistencia social y servicios sociales. Pero, esta cobertura se aplica con “arbitrariedad”.