Los policías locales de Melilla han recibido una orden de servicio firmada por el nuevo superintendente del Cuerpo, Luis Miguel Palacios, que fija las condiciones en las que los agentes deben multar desde el pasado 20 de julio a los ciudadanos que no lleven la mascarilla, que es de uso obligatorio en nuestra ciudad desde el pasado día 16. Tendrán que usarla todas las personas mayores de 6 años en cualquier espacio al aire libre y en los espacios cerrados que estén abiertos al público.
Sólo quedan exentos de usar mascarilla las personas que sufran enfermedades respiratorias o con un grado de discapacidad que le impida ponérsela por sí mismos.
Pero hay otra excepción adicional que, según agentes consultados, abre la puerta a la pillería porque dice que no será exigible el uso de la mascarilla cuando la persona esté haciendo deporte de manera individual y al aire libre, en playas o piscinas o cuando por fuerza mayor, resulte incompatible con la actividad que estés realizando. Vamos, que te pones un pantalón corto, te vas solo a la playa y cuando la Policía te reclame por no llevar una mascarilla le dices que estás en tus entrenos. Se acabó el problema.
Pero quizás el punto más polémico de la orden de servicio es el último, que establece cómo cumplimentar la denuncia de 100 euros por no llevar mascarilla. Las indicaciones son muy claras: no se hará constar la cuantía de la sanción ni se le dará copia de la multa a los infractores. Textualmente dice que “se informará verbalmente a la persona infractora que será propuesta para sanción y no se entregará copia de este documento al denunciado por motivos higiénico-sanitarios”.
Lo mires como lo mires, esto deja a los ciudadanos en una posición de indefensión tremenda y no te cuento en el marrón que mete a los agentes. O sea, a los melillenses nos van a multar, nos lo van a notificar de boquilla y además no nos van a dar copia para no pegarnos el coronavirus. Hay que joderse.
A menos que todo esto sea un paripé para intimidar a la gente y que al final no caiga ninguna multa por no llevarla, me parece un despropósito.
Sin embargo, esta última vía me parece realmente absurda porque la Administración no está ni debe estar para amenazar al ciudadano y menos estando, como estamos, en una situación tan delicada, declarada como pandemia.
Es responsabilidad de todos que las cifras de contagios por Covid-19 se mantengan estables, pero también es importante que las medidas que se toman no pongan en juego los derechos adquiridos por los ciudadanos. En este caso, las personas infractoras quedan a merced del sancionador. Por eso me surge la duda: ¿Esto es para asustar o para multar y contener los contagios de coronavirus?
No entiendo por qué tenemos que saltarnos la norma que establece que el agente tiene potestad para proponer una sanción y debe entregar al infractor copia de la propuesta. ¿Afecta esto a los plazos de alegaciones y la resolución final? ¿Quién me asegura que mis derechos están a salvo?
En fin, que no me gusta nada la orden de servicio del nuevo superintendente. Por cierto, hay una sentencia del año 2017 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que anuló en su momento varios artículos de la Ordenanza de Movilidad de la capital, que permitía a los agentes de Tráfico de la Guardia Civil denunciar a los conductores sin necesidad de pararles y de notificarles la denuncia en el acto. No es lo mismo, pero se parece muchísimo.
Los ciudadanos hemos perdido muchos derechos y libertades en los últimos años. Tras los atentados de las Torres Gemelas de Nueva York, tuvimos que renunciar a subir a un avión con una botella de agua en el bolso. En los aeropuertos internacionales sólo nos falta enseñar las bragas para pasar el control. No podemos seguir cediendo terreno.
¿Por qué no nos dan copia de la denuncia por no llevar mascarilla? ¿Y si no nos llega la multa a casa, no la recurrimos? ¿Cómo afecta a los tiempos de recurso la ausencia de notificación? No lo veo claro. Tiene un encaje jurídico, como poco, cuestionable.
No me parece bien que implantemos una medida (la mascarilla de uso obligatorio) que luego no estamos dispuestos a cumplir y que, además, pone en un aprieto a las personas con bajos recursos. Quien no tiene para comer difícilmente tendrá para comprar mascarillas.
Si el uso de ésta es obligatorio, sólo cabe multar a quien no la lleve, pero con todas las garantías, que esto no es Burundi.
¿Y qué más da si la notificación escrita es posterior? Son ganas de sacar punta a un asunto lógico. Bah...
Y ¿por qué nos obligan a ir con mascarilla en cualquier circunstancia, aunque estemos solos? ¿Y quién es el que nos obliga a ir con un bozal por la calle? ¿Cuándo y cómo los ciudadanos, el pueblo soberano, le concedieron la autoridad para que los amordazase sin posibilidad de recurso?
Ganas de ofender a Burundi, oiga.