Después de casi veinte años con Juan José Imbroda al frente del Gobierno local, Melilla se hace desde el sábado no pocas preguntas. Ese día, hace apenas 72 horas, Eduardo de Castro salió de la Asamblea proclamado presidente de la Ciudad.
Si el paso avanzado este lunes por Vox Melilla denunciando presuntas irregularidades en la sesión de investidura no prospera en ninguna dirección, todos los movimientos que conducen a la formación y puesta en marcha efectiva del nuevo Ejecutivo están recogidos en el Reglamento de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla.
De hecho, ya se ha cubierto la primera etapa del camino: la sesión constitutiva se celebró el sábado al ser ese “el vigésimo día posterior a la celebración de las elecciones”, que tuvieron lugar el pasado 26 de mayo.
Esa cita en el Salón Dorado se tradujo en un presidente saliente (Juan José Imbroda), uno electo (Eduardo de Castro), una vicepresidenta primera (Dunia Almansouri) y un vicepresidente segundo (Daniel Conesa) de la Asamblea. Es decir, quedó constituida la Cámara para la nueva legislatura.
Título Preliminar
A partir de ahí, hay que irse al capítulo 8 del Título Preliminar, dedicado al ‘Nombramiento regio y toma de posesión del presidente de la Ciudad Autónoma’. La noche de este lunes Melilla está pendiente de su materialización.
En su punto número 1 indica que “el presidente elegido por la Asamblea asumirá sus funciones cuando se produzca el nombramiento del Rey”.
Eso se puede producir en cualquier momento, pues el punto 3 señala que “con certificaciones del secretario de la Asamblea se comunicará en el mismo día la constitución de la Asamblea y la elección del presidente a la Casa de S.M. El Rey y al Gobierno de la Nación, para el nombramiento regio, según lo previsto en el artículo 15 del Estatuto de Autonomía”.
Toma de posesión
Rubricado por Felipe VI, “el Real Decreto de nombramiento del presidente será sancionado y promulgado por el Rey, con refrendo al presidente del Gobierno o del ministro correspondiente, publicándose en el Boletín Oficial del Estado y en el de la Ciudad simultáneamente”.
El siguiente paso será la toma de posesión del cargo. Para ello, Eduardo de Castro prestará juramento o promesa.
Esto ocurrirá “en el plazo máximo de cinco días desde la publicación del nombramiento” en el BOE, recoge el Reglamento de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Este mismo lunes, la diputada Dunia Almansouri (CpM), vicepresidenta primera de la Asamblea en la nueva legislatura, afirmó en la Cadena SER que se maneja el jueves como día para la toma de posesión.
Ese dato viene a confirmar que la publicación del nombramiento regio de Eduardo de Castro como presidente de Melilla es inminente, cuestión de horas.
Los ceses, a punto
Cuando ya sea máximo responsable del Gobierno, como explicó en la entrevista que concedió a El Faro horas después de la sesión constitutiva del sábado, De Castro firmará el cese de las funciones y todos los miembros del Gobierno anterior. Entonces, empezará a tomar forma el suyo, que contará con el apoyo del PSOE y de CpM.
EL REY REINA PERO NO GOBIERNA...ES UNA MERA FIGURA INSTITUCIONAL
mi pregunta tiene el rey potesta para no nombrar a este individuo si la tiene que lo haga
Negativo.