El titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Melilla dejó ayer visto para dictar sentencia un caso en el que un hombre se enfrenta a una posible condena de dos años de prisión como presunto autor de un delito de apropiación indebida. Según la acusación, el hombre realizó ocho pólizas de seguro entre febrero y marzo de 2016 sin estar autorizado para ello. Además, supuestamente solicitó a los clientes que realizaran el pago de las mismas ‘en mano’, sin que él llegase a ingresar posteriormente este dinero en la cuenta de la agencia. Por ello, la fiscal solicitó al finalizar el juicio que el individuo fuese condenado por un delito de apropiación indebida o, alternativamente, por un delito continuado de estafa.
En la vista, el procesado explicó que trabajaba como subagente y que estaba perfectamente autorizado para realizar pólizas a los clientes. “No necesitaba ninguna autorización de mi superior”, sostuvo. Según dijo, algunos clientes le dieron el dinero en metálico. “Yo tenía entre 60 y 90 días para hacer este ingreso en la cuenta”, justificó. Sin embargo, estas pólizas fueron anuladas por impago. “Les devolví el dinero a los que me dijeron que se las cancelaron”, afirmó el encausado.
El hombre aseguró que él tenía intención de ingresar el dinero de las pólizas, pero no tenía acceso a la cuenta. Además, recalcó que se puso en contacto con su superior para que le aclarase qué partida correspondía a cada cliente, ya que no disponía de copias de las pólizas. Por otro lado, aclaró que hubo clientes a los que él hizo un seguro sin que ellos les pagasen. “A los que no me pagaron, que no tenían recibo, no tenía que darles el dinero”, apuntó. “Yo no me he quedado con absolutamente nada”, mantuvo.
Según el acusado, la denunciante, que era su jefa, pudo querellarse contra él con el fin de no tener que pagarle el 80% de comisión por la cartera de clientes que él le dejó tras llegar a un acuerdo.
Sin autorización
La agente de la que él dependía, sin embargo, manifestó en el juicio que el acusado no tenía autorización para realizar pólizas. Según indicó, él era su auxiliar. Además, insistió en que lo normal es que los pagos de las mismas se hagan en el banco, aunque aclaró que, en determinados casos, se puede hacer el favor al cliente y coger el dinero en mano para ingresarlo. “Mi función era revisar esas pólizas, pero hubo un fallo informático y yo desconocía que él las hubiera hecho”, dijo.
Esta testigo explicó que los clientes “no tenían cobertura” en su seguro porque el pago no llegó a efectuarse a la agencia. Además, aclaró que los clientes tienen entre 30 y 60 días para subsanar cualquier fallo en el ingreso. “Yo denuncié esas ocho pólizas porque estaban a mi nombre y las desconocía, y me podía meter en un lío”, reconoció. Asimismo, señaló que no tenía constancia de que él hubiese devuelto ningún dinero.
En la vista declararon cinco afectados por el pago de las pólizas. De ellos, tres aseguraron que el procesado les devolvió el dinero cuando ellos se lo reclamaron, después de que la Policía Nacional se pusiera en contacto con ellos. Otro hombre afirmó que nunca recuperó los 220 euros que entregó al encausado.
Además, un quinto testigo señaló que no recordaba si llegó a pagar el dinero de la póliza al procesado, ya que ambos se conocían de hacía mucho tiempo y, a veces, el encausado hacía el ingreso de otras pólizas desde su propia cuenta. Por otro lado, tres de estos testigos aseguraron ante el juez que el acusado les indicó que tenían que pagarle ‘en mano’.
El instructor del caso de la Policía, por su parte, aclaró que fue la denuncia de la agente de esta empresa de seguros lo que dio inicio al procedimiento.
La fiscal no se opuso a que, en el caso de que el hombre, que no tenía antecedentes, fuese condenado, se suspendiera su ingreso en prisión por un plazo de dos años en el que no podría volver a delinquir.
El juez tendrá que decidir.