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El PSOE exige una Junta de Portavoces urgente, en la que esté Imbroda, para analizar la situación
La portavoz del Grupo Socialista en la Asamblea, Gloria Rojas, preguntó ayer al Gobierno local cómo va a afectar a nuestra ciudad el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), según el cual no se puede nombrar como viceconsejeros del Ejecutivo local a personas no electas.
El TSJA ratificó la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Ceuta, que el pasado 9 de marzo, a instancias de una denuncia de UGT, señaló que la ciudad hermana carece de competencias para nombrar miembro del Consejo de Gobierno a quien no ostente la condición de diputado o concejal electo, indicó el PSOE de Melilla.
“A raíz de la sentencia del TSJA, dado que, el estatus jurídico y el estatuto de Melilla y Ceuta son muy similares, hemos pedido una Junta de Portavoces urgente, en la que tome parte Imbroda, para aclarar cómo puede afectar esta cuestión al Gobierno”, informó.
Rojas recordó que en septiembre del año pasado Manuel Ángel Quevedo “ya dimitió” como vicepresidente del Ejecutivo local, dado que no se trata de un diputado electo, y fue sustituido por Daniel Conesa. Asimismo, preguntó cómo va a afectar al Ejecutivo de Imbroda esta sentencia, porque hay varios miembros que lo componen y que no son electos, como los consejeros Javier González, Fadela Mohatar, Isidoro González y Manuel Ángel Quevedo y los viceconsejeros Nasera Al Lal, Francisco Díaz, María de los Ángeles Gras, Guillermo Frías, Hassan Driss y Juan José Torreblanca.
Lo más destacado de la resolución del Tribunal
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado un recurso de apelación presentado por la Ciudad de Ceuta tras una sentencia del Juzgado de lo Contencioso de la ciudad caballa que declaraba ilegal el nombramiento de Adelaida Álvarez como viceconsejera del Gobierno.
La sentencia que confirma el TSJA es de 9 de marzo de 2015, por la denuncia presentada por UGT, que se basaba en que la Ciudad no podía nombrar a viceconsejeros que no fueran diputados electos.
Los fundamentos de Derecho de la sentencia del TSJA se centran en la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo que consideran que la Ciudad de Ceuta es un ente municipal y no es una comunidad, por lo que el Gobierno debe ser electo.