La sentencia incluye dos años de prisión, que el autor no cumplirá por no contar con antecedentes penales.
Un hombre acusado de haber causado lesiones a su mujer en tres ocasiones diferentes ha sido condenado a pasar nueve años sin poder aproximarse a su pareja. Asimismo, tendrá prohibido comunicarse con ella.
La duración de esta orden de alejamiento responde a tres años por cada uno de estos delitos de lesiones en el ámbito familiar.
El inculpado, H. M. M., cometió el primero de estos actos delictivos el 28 de diciembre de 2013. El Ministerio Fiscal solicitó por esta agresión una pena de “80 días de trabajo en beneficio de la comunidad” y tres años de alejamiento.
Ya en enero de 2014, H. M. M. volvió a agredir a su pareja. En primer lugar lo hizo el día 10 de ese mes y reincidió en su conducta 15 días más tarde.
Suma de las penas
En ambos casos, la fiscal solicitó sendas órdenes de alejamiento de tres años, lo que sumado a la correspondiente a la primera agresión suma nueve años.
Asimismo, por cada uno de los dos delitos de lesiones cometidos en enero de 2014, la fiscal reclamó que el juez titular del Juzgado de lo Penal número 1 (quien se incorporó ayer a su puesto) le aplicara una pena de un año de prisión.
No obstante, el juez, con la conformidad de la fiscal, acordó que H. M. M. no ingrese en el centro penitenciario, al no ser la condena superior a los dos años de cárcel y no contar el encausado con antecedentes penales.
Reconoce los hechos
H. M. M. reconoció todos los hechos que se le imputaban, lo que fue comunicado por su abogado defensor al juez y a la fiscal. De esta forma, no fue necesaria la práctica de la prueba mediante declaraciones de testigos.
El escrito de acusación incluía asimismo un delito leve de injurias. Sin embargo, la fiscal retiró esta acusación y se centró en los tres delitos de lesiones en el ámbito familiar.
Suspendida la pena de cárcel
Como se ha apuntado, H. M. M. fue condenado a dos años de prisión que no cumplirá al no contar con antecedentes penales. La suspensión de esta pena estará vigente por un periodo de cinco años. Si en ese tiempo el condenado volviera a cometer algún delito, ingresaría en prisión para cumplir la pena por esa conducta, a la que se sumarían los dos años por lesionar a su mujer.