El tribunal da validez a la grabación de las cámaras de seguridad y devuelve el caso a la Audiencia en Melilla.
El Tribunal Supremo revoca una sentencia de la Audiencia Provincial en la que un hombre fue absuelto, tras ser acusado de lanzar un paquete con diferentes sustancias estupefacientes al interior del Centro Penitenciario de Melilla. El recurso de casación fue interpuesto por el Ministerio Fiscal al entender que las grabaciones de las cámaras de seguridad de la cárcel son válidas y deben valorarse con el resto de las pruebas aportadas en el juicio. Así lo estima también el TS, que además afirma que no es necesario el testimonio de los policías, que controlan las cámaras de seguridad, para que las imágenes en sí sean válidas.
Los hechos ocurrieron hace dos años, en abril de 2012, cuando una persona llegó a las inmediaciones del Centro Penitenciario y lanzó un paquete al interior del centro. Los funcionarios de prisiones consiguieron interceptar el paquete en el patio, en cuyo interior había 60 cápsulas de tranxilium, 10 pastillas de nordazepam, dos de alprezolam y más de cinco gramos de cocaína.
El lanzamiento fue recogido por las cámaras de seguridad y el TS considera que las grabaciones “son válidas sin necesidad de ser completadas” con las declaraciones de los policías que controlan la videovigilancia, como alegó la Audiencia.
Por ello, el Supremo anula la sentencia que absolvió al acusado y devuelve el caso a la Audiencia para que emita una nueva resolución incluyendo las grabaciones de las cámaras del Centro Penitenciario como prueba válida.